Legislación actual relativa a la emisión del formaldehído para la exportación de productos derivados de la madera a EEUU y Canadá

En la actualidad, el organismo que regula las emisiones de formaldehído de los tableros derivados de madera empleados en el mercado de EEUU es la Agencia Medioambiental de los Estados Unidos de América (EPA), en la sección US EPA TSCA Title VI. Inicialmente, la Agencia Medioambiental Californiana (CARB) fue la precursora en legislar sobre este tipo de productos en la ley CARB CCR 17 ATCM 93120.

El objetivo marcado en EEUU está bien definido: no permitir la entrada en su territorio de productos derivados de la madera con valores excesivos de emisión de formaldehído.

AIDIMME está aprobada desde 2008 como entidad de control (certificador por tercera parte) por el Estado de California para evaluar el nivel de emisión de formaldehído de los tableros derivados de la madera destinados a ser utilizados por los fabricantes en la elaboración de muebles y elementos de carpintería y construcción en general.

Este reconocimiento lo emite la Air Resource Board (ARB), organismo público competente en la materia del citado Estado. A su vez, en 2018 se obtuvo el reconocimiento por parte de la EPA como organismo de certificación (TPC), lo que habilita la certificación al resto de EEUU.

Además, la entidad está reconocida por IKEA para verificar los requisitos adicionales establecidos en IOS MAT 0003 e IOS MAT 0181 de emisión de formaldehído que la multinacional establece a sus proveedores para poder vender sus productos en todo el mundo.

El fabricante de tableros derivados de la madera (tableros MDF, aglomerados de partículas, tableros contrachapados y  tableros rechapados) con destino a EEUU está sujeto a la certificación de los tableros por parte de un organismo independiente reconocido por EPA y CARB. 

El fabricante debe someterse a una serie de auditorías al año en las que se revisa, entre otros datos, los registros de producción del material, histórico de calibraciones y evaluación del personal de laboratorio que realiza análisis de contenido y/o emisión de formaldehído.

En cada auditoría, se lleva a cabo una toma de muestra para medir la emisión de formaldehído en el laboratorio acreditado. En todo momento, el fabricante debe etiquetar los productos certificados para informar del cumplimiento de esta legislación y poder seguir una trazabilidad de cada lote producido.

Incluso los tableros derivados de la madera fabricados con resinas sin formaldehído (conocidos como tableros o resinas NAF) tienen que obtener la exención a la certificación antes de acceder al mercado estadounidense.

Por otro lado, el distribuidor o exportador debe tomar “precauciones razonablemente prudentes” para cerciorarse que las referencias que compra están certificadas en ese momento por un organismo reconocido por EPA y CARB.

Es responsabilidad del exportador comprobar previamente que los tableros están certificados, además de estar señalado en la factura como: “CARB ATCM 93120 Phase 2 and US EPA TSCA Title VI Certified” o alguna declaración con contenido similar. Junto a ella, deberá aparecer el número del certificador (en el caso de AIDIMME, TPC-15).

Los certificados de formaldehído deben ser proporcionados por el fabricante bajo solicitud y,  además, se pueden consultar directamente en la página del certificador.

Además, el exportador o el fabricante del producto final tienen diversas obligaciones derivadas de esta ley, entre las que se encuentra etiquetar cada producto (o cada caja que contenga un producto acabado) con su nombre, la fecha de producción del producto acabado (mes/año), y una declaración que denote que el producto ha sido fabricado con tableros derivados o compuestos que cumplen con los límites de emisión correspondientes e indicarlo también en las facturas o albaranes emitidos.  También tendrán que registrar las compras y ventas que contengan tableros derivados de la madera por un periodo de al menos 3 años.

A partir del primer trimestre de 2024, el fabricante de producto laminado (definido según TSCA Title VI como componentes formados por varias chapas de madera o una chapa compuesta herbácea fijada a un aglomerado de partículas, MDF o tablero contrachapado), debe asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos para tableros contrachapados, a menos que estos productos empleen resinas exentas de formaldehído o fenólicas en su fabricación, motivo que tendrán que poder demostrar si es requerido. En todos los casos, el núcleo del tablero deberá estar certificado.

Nueva legislación en Canadá

Además, con el fin de reducir la exposición al formaldehído en aire interior y con ello los potenciales problemas de salud que puede producir en una exposición a largo plazo y, por otra parte, alinear los requisitos con los establecidos en EEUU para los productos derivados de la madera, los ministerios de Medio Ambiente y de Salud del Gobierno de Canadá han decidido añadir a la ley “Canadian Environmental Protection Act, 1999”, el siguiente anexo: “Formaldehyde Emissions from Composite Wood Products Regulations”.

Con ello, la exportación a Canadá de este tipo de productos deberá estar regulada por la nueva “CANFER certification” que entrará en vigor a partir del primer trimestre de 2023 (excepto para los productos laminados con núcleo certificado, cuya obligatoriedad entrará en vigor cinco años después).

Esta certificación, aunque equivalente en cuanto a criterio de límites de emisión y ensayo a las mencionadas anteriormente para EEUU, requiere de envío de información adicional anualmente a los estamentos oficiales de Canadá, al igual que una modificación en el etiquetado de los productos que vayan destinados a este país.

Si sus productos están fabricados con tableros derivados de la madera y tienen como destino EEUU o Canadá, pueden contactar con AIDIMME en donde recibirá información adicional acerca de éstas u otras legislaciones relativas a las emisiones de formaldehído .


Para más información contacte con AIDIMME

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