Modificación del reglamento del IVA en las importaciones

El pasado día 20 de Diciembre salió publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1073/2014 de 19 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Una de las novedades de este Real Decreto consiste en el procedimiento de recaudación del IVA de las importaciones.

Con efectos a partir de 2015, los importadores podrán optar por no ingresar el impuesto en la aduana declarándolo en las liquidaciones mensuales correspondientes.

Para poder ejercer esta opción, se deberá presentar una declaración censal durante el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto. Para el año 2015, se podrá ejercer la opción hasta el 31 de Enero de 2015.

La opción se referirá a todos las importaciones realizadas por la empresa que deban incluirse en las declaraciones periódicas.

Para poder ejercer la opción, el periodo de liquidación del importador deberá coincidir con el mes natural.

Para más información, consulte con su asesor fiscal.

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